Sanción para el Sr. Carlos Nuzman y el Comité Olímpico Brasileño - POLIDEPORTIVO NEWS

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06 octubre 2017

Sanción para el Sr. Carlos Nuzman y el Comité Olímpico Brasileño

La Junta Ejecutiva del COI tomó nota y discutió las circunstancias de las denuncias y el arresto de Carlos Nuzman, en particular por lo que respecta a la votación para la ciudad anfitriona de los Juegos Olímpicos en la Sesión del COI de 2009.


En cuanto al estatuto del Sr. Carlos Nuzman como miembro honorario del COI, el EB, siguiendo la recomendación de la Comisión de Ética del COI decide con efecto inmediato:

Suspender provisionalmente al Sr. Carlos Nuzman de todos los derechos, prerrogativas y funciones que se deriven de su calidad de miembro honorario del COI; y

Retirar al Sr. Carlos Nuzman de la Comisión de Coordinación de los Juegos Olímpicos de Tokio 2020.

Con respecto al Comité Olímpico Brasileño (COB), el EB declara que el COB y su Presidente, Carlos Nuzman, fueron los responsables de la candidatura de Río de Janeiro en 2009. Por lo tanto, el EB toma la siguiente decisión con efecto inmediato:

Suspender provisionalmente el Comité Olímpico Brasileño.

Según la Regla 59 de la Carta Olímpica, la suspensión provisional en este caso significa en particular:

Se congelan los subsidios y pagos del COI al COB.

El COB no puede ejercer sus derechos de membresía en las asociaciones de NOC.

Para proteger los intereses de los atletas brasileños, esta decisión no afectará a los atletas brasileños.

Por lo tanto, el COI aceptará un equipo olímpico brasileño en los Juegos Olímpicos de Invierno PyeongChang 2018 y en todas las demás competiciones bajo el paraguas de la COB con todos los derechos y obligaciones.

Las becas olímpicas a los atletas brasileños seguirán siendo pagadas.

Esta suspensión provisional puede ser levantada parcial o totalmente cuando las cuestiones de gobernanza del COB hayan sido dirigidas a satisfacción de la EB.

Con respecto al Comité Organizador de Río, el EB señala que el Sr. Carlos Nuzman desde su formación fue y sigue siendo su Presidente y el Sr. Leonardo Gryner que trabajó en el Comité Organizador durante muchos años. Por lo tanto, el EB toma la siguiente decisión:

El EB declara que el COI cerró todas sus obligaciones con el Comité Organizador en diciembre de 2016, tal como lo confirmó el Comité Organizador. El COI y la contribución financiera del Movimiento Olímpico superaron significativamente sus obligaciones contractuales, teniendo en cuenta la grave crisis que afecta al país.

El EB decide suspender provisionalmente todas las demás relaciones con el Comité Organizador.

Esta suspensión provisional podrá ser levantada parcial o totalmente cuando las cuestiones de gobernanza del Comité Organizador hayan sido dirigidas a satisfacción del EB.

El COI reitera su pleno compromiso con la protección de la integridad del deporte. El COI seguirá abordando cualquier cuestión que afecte a esta integridad en virtud de las normas y reglamentos de su sistema de gobernanza recientemente reformado. Con el fin de hacer un seguimiento adecuado de este caso, el EB pide a todas las autoridades judiciales que proporcionen a la Comisión de Ética del COI toda la información disponible lo antes posible. El COI continuará cooperando plenamente con todas estas autoridades judiciales. Es en el más alto de los intereses del COI ser capaz de abordar lo más pronto posible los asuntos concernientes a un miembro del COI o a un miembro honorario del COI, a fin de proteger su reputación como organización.

Texto: Damián Fanelli
Fuente: Prensa COI

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